El premio de El Gordo de la Lotería Navidad, pese a algunas creencias extendidas, está exento de pagar impuestos y tampoco es cierto, como otros creen, que los premios del sorteo sólo estén libres de tributos durante el primer año, según ha explicado el secretario general de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo. No obstante, esto no quiere decir que los premiados no tengan que pagar más impuestos que antes del premio. "Aunque se obtiene una renta -tras ganar un premio de la Lotería de Navidad-, esa renta se declara exenta en el IRPF y si fuera una sociedad cuyos administradores hubieran comprado a nombre de esa sociedad una participación, si el premio entra en la cuenta de la sociedad, tampoco tributaría en el impuesto de sociedades", según explica Mollinedo.
Esto es así no sólo en el caso de la Lotería de Navidad sino también para todos los premios de las loterías y apuestas organizadas por Loterías y Apuestas del Estado y por las Comunidades Autónomas, así como de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y por la Organización Nacional de Ciegos, según la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. No obstante, tal y como explica el experto, esto no significa que las personas que el próximo 22 de diciembre reciban un premio importante vayan a seguir pagando los mismos impuestos que antes. "En la obtención se declara que no tributa, pero una vez que ya lo ha obtenido, habitualmente ese dinero se suele depositar en una cuenta o se suele obtener alguna rentabilidad de ese dinero y eso ya sí está sujeto al impuesto", señala. Es decir, en el caso de que uno de los premiados deposite en una cuenta bancaria el dinero del premio, los intereses que genere ese capital estarán sujetos al IRPF. "Son los intereses que se generan los que no están exentos", subraya. Estos intereses, a diferencia de lo que ocurre con los premios que se obtienen en los concursos de la televisión o en cualquier otra rifa, tributan a la tarifa de la renta del ahorro.