En virtud de esta normativa, las terrazas pueden estar operativas, del 16 de marzo al 15 de octubre, de 8 de la mañana hasta las 1:30 de la madrugada.
Referente a la nstalación de terrazas de verano de los bares o cafeterías ocupando zona de parques o zonas verdes públicas con mesas y sillas, éstas requieren de autorización municipal.
Además su horario de apertura de la terraza es diferente, ya que pueden abrir desde las 10 hasta las 00:30 horas. A las 00:00 horas deben dejar de servir bebidas, y a las 0:30 horas debe de estar la terraza recogida.
Como en años anteriores, la Policía Local de Alcobendas controlará el buen funcionamiento de las terrazas y el cumplimiento del horario de las mismas. El objetivo de este plan es hacer cumplir la ley y aunar el derecho al ocio con el derecho al descanso de los vecinos.
Las terrazas pueden abrir hasta las 1:30 de la madrugada